Convenio Colectivo estatal para las industrias del curtido, correas y cueros industriales y curtición de pieles para peletería. Resumen
Vigor del 27-06-2019 a 31-12-2021
Código de Conv. Núm. 99001465011981
(BOE, 02-10-2019)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Ámbito temporal
1.3. Derecho supletorio
2. Condiciones económicas
2.1. Salario
2.2. Tablas salariales 2019
2.3. Garantía «ad personam» Igualada y comarca
2.4. Horas extraordinarias
2.5. Paga de beneficios
2.6. Pagas extraordinarias de julio y Navidad
2.7. Complementos consolidados «ad personam»
2.8. Trabajo nocturno
2.9. Ropa de trabajo
2.10. Premio de fidelización
2.11. Incentivos
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Tablas salariales definitivas 2021 (BOE, 09-04-2022)
3.2. Tablas salariales definitivas 2020 y provisionales 2021 (BOE, 19-02-2021)
3.3. Tablas salariales definitivas 2019 y provisionales 2020 (BOE, 11-03-2020)
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada laboral
4.2. Bolsa de horas
4.3. Turnos de fin de semana, «Week-end»
4.4. Horarios de trabajo
4.5. Trabajos de portería y vigilancia
4.6. Vacaciones
5. Permisos y excedencias
5.1. Permisos
5.2. Licencia por estudios
5.3. Permiso de formación profesional para el empleo
5.5. Excedencias
5.6. Reducción de jornada por motivos familiares
5.7. Excedencias y licencias sindicales
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
6.1. Plus de transporte
6.2. Dietas
6.3. Traslado de centro de trabajo o maquinaria
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contratación
7.2. Contrato eventual por circunstancias de la producción
7.3. Contrato por obra o servicio determinado
7.4. Contrato fijo-discontinuo
7.5. Contrato a tiempo parcial
7.6. Contrato de relevo y jubilación parcial
7.7. Empresas de Trabajo Temporal
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
9.3. Prescripción
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Accidentes de trabajo
11.2. Póliza de seguros
1. Entrada en vigor y duración
El Convenio obliga a todas las industrias del curtido, correas y cueros industriales y curtición de pieles para peletería.
Asimismo el ámbito funcional del presente convenio incluye:
- A las empresas que asumen la organización y dirección de la curtición a través de terceros.
- A los almacenes de pieles y cueros en bruto del matadero (que almacenan y posteriormente venden, a mayoristas o a algún fabricante de curtidos).
El presente Convenio Colectivo entrará en vigor en la fecha de su firma, y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.
Para cuanto no esté previsto en este Convenio es de aplicación la normativa legal vigente en cada momento, de acuerdo, en todo caso, a lo dispuesto en el artículo 3º del Estatuto de los Trabajadores.
- Las tablas salariales para el 2019, con vigencia desde el 1 de enero 2019, serán las que resulten de incrementar en un 2 por 100 a las tablas del 2018.
- Las tablas salariales para el 2020, con vigencia desde el 1 de enero de 2020 serán las que resulten de incrementar en un 2 por 100 a las tablas de 2019.
- Las tablas salariales para el 2021, con vigencia desde el 1 de enero de 2021, serán las que resulten de incrementar un 2 por 100 a las tablas del 2020.
- Las tablas salariales de los años 2020 y 2021, se realizara sobre las tablas revisadas del año anterior, si procediese dicha revisión.
Cláusula de revisión salarial: Se revisarán las tablas salariales en el porcentaje en el que el IPC real (correspondiente a 31 de diciembre del año anterior), exceda del incremento pactado y limitado el referido porcentaje al 2,5 por cien para cada uno de los años de vigencia del convenio, abonándose la revisión de los atrasos salariales con efectos desde el 1 de enero de cada uno de los años.
Las tablas salariales se aplicarán en el mes siguiente a su revisión y aprobación por la Comisión Paritaria.
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