Convenio colectivo estatal del sector de industrias cárnicas. Resumen

Vigor 2024-2025

Código de Conv. Núm. 99000875011981

(BOE, 07-07-2025)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

Los preceptos de este Convenio colectivo regulan las relaciones laborales de todas las Empresas, con independencia de su forma jurídica y la naturaleza privada o pública del capital social de las empresas o centros de trabajo, cuya actividad principal, y respetando el principio de unidad de Empresa, sea la de: sacrificio, despiece, deshuese, elaboración, transformación o distribución de carnes y sus derivados industriales (incluida la carne de caza y monte), comprendiendo los procesos de recogida, transporte, tratamiento y transformación de subproductos animales no destinados al consumo humano de conformidad con la legislación vigente en la materia (incluido el Reglamento 1069/2009 u otro que lo sustituyan), loncheado y/o envasado. Así como, la elaboración de platos preparados, cocinados, precocinados, prefritos o fritos en los que los productos cárnicos constituyan la materia prima relevante y fundamental en estas industrias cárnicas.

1.2. Ámbito temporal

El presente Convenio colectivo tendrá una vigencia temporal desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, lo anterior, el convenio se mantendrá vigente hasta que se alcance un nuevo convenio que lo sustituya.

1.3. Derecho supletorio

Todos los Convenios colectivos, de ámbito estatal, para las Industrias Cárnicas, existentes a la entrada en vigor del presente, así como sus sucesivas revisiones, quedan derogados por el presente.

2. Condiciones económicas

2.1. Tabla provisional de salarios para 2025 (3,00 %)

De 1 de enero a 31 de diciembre de 2025

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