Convenio colectivo estatal del sector de industrias cárnicas. Resumen
Vigor 2024-2025
Código de Conv. Núm. 99000875011981
(BOE, 07-07-2025)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Ámbito temporal
1.3. Derecho supletorio
2. Condiciones económicas
2.1. Tabla provisional de salarios para 2025 (3,00 %)
2.2. Tabla definitiva de salarios para 2024 (3,00 %)
2.3. Precio punta prima
2.4. Antigüedad
2.5. Plus nocturnidad
2.6. Plus penosidad
2.7. Horas extraordinarias
2.8. Prendas de trabajo
2.9. Plus sustitutorio de productividad
2.10. Complementos de vencimiento periódico superior al mes
2.11. Descuento por ausencias al trabajo
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Incrementos salariales
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada de trabajo
4.2. Descanso semanal
4.3. Vacaciones
5. Permisos y excedencias
5.1. Licencias
5.2. Licencias para estudios
5.4. Antigüedad en licencias
5.5. Excedencias
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
6.1. Traslados y desplazamientos
6.2. Dietas y gastos de viaje
6.3. Quebranto de moneda
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contratos formativos
7.2. Contratos temporales
7.3. Conversión en contratos indefinidos
7.4. Fomento del empleo
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
9.3. Prescripción
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Seguro colectivo de accidentes
11.2. Complemento de IT por accidente de trabajo
11.3. Complemento asistencial
11.4. Comedores
1. Entrada en vigor y duración
Los preceptos de este Convenio colectivo regulan las relaciones laborales de todas las Empresas, con independencia de su forma jurídica y la naturaleza privada o pública del capital social de las empresas o centros de trabajo, cuya actividad principal, y respetando el principio de unidad de Empresa, sea la de: sacrificio, despiece, deshuese, elaboración, transformación o distribución de carnes y sus derivados industriales (incluida la carne de caza y monte), comprendiendo los procesos de recogida, transporte, tratamiento y transformación de subproductos animales no destinados al consumo humano de conformidad con la legislación vigente en la materia (incluido el Reglamento 1069/2009 u otro que lo sustituyan), loncheado y/o envasado. Así como, la elaboración de platos preparados, cocinados, precocinados, prefritos o fritos en los que los productos cárnicos constituyan la materia prima relevante y fundamental en estas industrias cárnicas.
El presente Convenio colectivo tendrá una vigencia temporal desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, lo anterior, el convenio se mantendrá vigente hasta que se alcance un nuevo convenio que lo sustituya.
Todos los Convenios colectivos, de ámbito estatal, para las Industrias Cárnicas, existentes a la entrada en vigor del presente, así como sus sucesivas revisiones, quedan derogados por el presente.
2.1. Tabla provisional de salarios para 2025 (3,00 %)
De 1 de enero a 31 de diciembre de 2025
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