Convenio colectivo de trabajo de la industria textil de fibras diversas. Texto
Vigor 2024-2026
Código de Conv. Núm. 99004975011981
(BOE, 09-10-2025)
Artículo 1 Ámbito funcional
Obliga a todas las empresas dedicadas a las siguientes actividades, industriales de hilaturas, torcidos, «trenzados», tejido y cordelería de lino, yute, sisal, abacá, cáñamo, espato, coco y sucedáneos, incluye la fabricación de felpudos y esteras en las que se utilicen mayormente alguna o algunas de las fibras citadas, así como el sector de poliolefinas y demás fibras sintéticas.
Artículo 2 Condiciones de trabajo especiales
El horario de verano del personal administrativo, la indemnización por fallecimiento del trabajador/a y la ayuda por estudio de hijos o hijas del trabajador/a, se mantendrán en las condiciones y términos pactados en el convenio colectivo, en cada caso vigente con anterioridad al presente, siempre que resulten más beneficiosos para el trabajador/a.
Tablas salariales 2024 (Incremento del 3,3 % sobre las del 2023)
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