XV Convenio Colectivo de trabajo para los laboratorios de prótesis dental de Catalunya. Resumen

Vigor 2016-2018

Código de Conv. Núm. 79000355011995

(DOGC, 09-01-2018)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito
funcional

El presente Convenio colectivo negociado por la Agrupación Empresarial de Protésicos Dentales de Cataluña y, por parte de los trabajadores, por los representantes de Comisiones Obreras (CCOO) Federación de Sanidad, y por los de la Unión General de Trabajadores (UGT) Federación de Servicios Públicos sector Salud y Servicios Sociosanitarios, se aplicará obligatoriamente a las empresas que fabriquen prótesis dentales o cualquier otro producto sanitario dental a medida en cualquiera de sus fases incluyendo diseño en cualquiera de sus modalidades, preparación, elaboración, fabricación, mecanización, acondicionamiento, etiquetado, reparación, modificación y comercialización (ya sea en su propio nombre o para terceros), así como la importación y la exportación.

No obstante, quedan exceptuadas las empresas que:

a) Dispogan de un Convenio de empresa vigente, que tendrá prioridad en cualquier momento de la vigencia de los convenios colectivos de ámbito superior en las materias determinadas en el artículo 84.2 del Estatuto de los trabajadores.

b) Realicen actividades mixtas y estén incluidas en el ámbito funcional de un Convenio colectivo diferente del de laboratorios de prótesis dental de Cataluña.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 8.3 del Real Decreto 1594/1994 (BOE 8-9-1994) y 6.1 del Decreto de 159/2016 (DOGC 4-2-2016) los laboratorios de prótesis dentales estarán organizados, gestionados y dirigidos por protésicos dentales.

1.2. Ámbito temporal

El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2016 y finalizará el 31 de diciembre de 2018, sin perjuicio de lo que establece el artículo 6 y salvo los artículos en que se establezca expresamente diferentes periodos de vigencia.

1.3. Derecho supletorio

El derecho supletorio del presente Convenio colectivo está constituido por las normas legales de general aplicación en la orden laboral.

2. Condiciones económicas

2.1. Salario base

  • Se considera salario base el fijado de una manera mensual o anual en las tablas salariales de este Convenio, detalladas a las Disposiciones Adicionales.

2.2. Tabla salarial 2018

  • La salarial para el año 2018 será el resultado de aplicar a la vigente el año 2017 (Disposición Adicional Tercera) la variación positiva determinada por el IPC de Cataluña del año 2017 (mesurado según el IPC para Cataluña publicado por el INE o el organismo que lo pueda sustituir) con garantía mínima de 0,5% si el IPC es inferior a este valor.
  • El sueldo mínimo de la categoría de técnico responsable se ajustará a la dimensión del laboratorio de prótesis dental según el escalado definido a la Disposición Adicional Tercera.
  • Estos importes corresponden a cada una de las 15 pagas. El número de trabajadores será la media anual según cómputo de cotización en la Seguridad Social.

2.3. Tabla salarial 2017

  • La salarial para el año 2017 será el resultado de aplicar a la vigente el año 2016 (Disposición Adicional segunda) la variación positiva determinada por el IPC de Cataluña del año 2016 (mesurado según el IPC para Cataluña publicado por el INE o el organismo que lo pueda sustituir) con garantía mínima de 0,5% si el IPC es inferior a este valor.
  • El sueldo mínimo de la categoría de técnico responsable se ajustará a la dimensión del laboratorio de prótesis dental y según el siguiente escalado:
    • Hasta 10 trabajadores: 3.000,00 euros
    • Entre 11 y 30 trabajadores: 4.500,00 euros
    • Más de 30 trabajadores: 6.000,00 euros
  • Estos importes corresponden a cada una de las 15 pagas. El número de trabajadores será la media anual según cómputo de cotización en la Seguridad Social.

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