II Convenio Colectivo marco de supermercados y autoservicios de alimentación de Cataluña. Resumen
Vigor 2016-2021
Código de Conv. Núm. 79002935012011
(DOGC, 13-09-2017)
(DOGC, 19-04-2021)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Ámbito temporal
2. Condiciones económicas
2.1. Tablas salariales 2016-2019
2.2. Gratificaciones extraordinarias
2.3. Horas extraordinarias
2.4. Ropa de trabajo
2.5. Plus de transporte
2.6. Antigüedad
2.7. Plus de nocturnidad
2.8. Plus por conocimiento de idiomas
2.9. Plus de responsabilidad
2.10. Plus de mantenimiento de máquinas
2.11. Plus de carga y descarga
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Revisión salarial 2020 y 2021 (DOGC, 19-04-2021)
3.2. Incremento salarial
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada de trabajo
5. Permisos y excedencias
5.1. Permisos y/o licencias
5.2. Permiso no retribuido
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
6.1. Movilidad geográfica
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contratos a tiempo parcial
7.2. Contratos formativos
7.3. Acuerdos en materia de desarrollo de las modalidades de contratación y jubilación
parcial
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
9.3. Prescripción
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Protección a la maternidad
1. Entrada en vigor y duración
El ámbito funcional del presente Convenio colectivo afectará al sector de supermercados y autoservicios de Cataluña, y de la misma manera en las empresas que pertenezcan al mismo grupo empresarial de las encuadradas en el ámbito funcional y que desarrollen otras actividades complementarias o dejen sus servicios principalmente en el espacio físico en el cual despliega su actividad la empresa principal y vinieran aplicando, o hagan remisión expresa de sumisión, en convenio o convenios que afecten en los supermercados y autoservicios. De la misma manera se incluye aquellas que operen como franquicias de las afectas en el ámbito funcional, independientemente del número de metros cuadrados de venta.
La vigencia y duración del presente Convenio se establece desde el día 01/01/2016 hasta el día 31/12/2019 y entrará en vigor a partir de la fecha de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, sin perjuicio de su aplicación provisional a partir de la fecha de la firma del presente Convenio.
La vigencia del presente acuerdo se establece exclusivamente para los años 2020 y 2021, desde el día 1/1/2020 hasta el 31/21/2021, ambos inclusive, y entrará en vigor a partir de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de su aplicación provisional desde la fecha de su firma.
2.1. Tablas salariales 2016-2019
Provincia de Barcelona
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