Convenio Colectivo de puertos y dársenas deportivas de Catalunya. Resumen

Vigor del 21-10-2016 al 31-12-2020

Código de Conv. Núm. 79100165012017

(DOGC, 02-02-2017)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

El presente convenio regula las relaciones laborales y las condiciones de trabajo de todas las empresas y entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan por objeto la explotación, mantenimiento y gestión de puertos, y dársenas deportivas de Cataluña. A título enunciativo, pueden ser sociedades mercantiles, ya sean públicas o privadas, consorcios y clubs náuticos.

En todo aquello no pactado en el presente convenio se tiene que estar a lo que disponga en cada materia el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores, normas concordantes y la restante legalidad vigente, en especial a la Ley 5/1998 de 17 de abril de Puertos de Cataluña.

1.2. Ámbito temporal

Este convenio entrará en vigor el día de su firma por las partes negociadoras, con independencia de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.

1.3.Derecho supletorio

El presente convenio se aplicará de forma supletoria en todas aquellas materias no reguladas en Convenios colectivos de ámbito inferior.

2. Condiciones económicas

2.1. Características de la retribución

Las condiciones retributivas del personal afectado por el presente convenio serán las contenidas en las tablas de condiciones económicas que se adjuntan como anexo I, y que establecen las mismas para el ejercicio 2017.

2.2. Tabla salarial 2017

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