Convenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados. Resumen
Vigor 2025-2028
Código de Conv. Núm. 99003175011981
(BOE, 18-03-2026)
RESUM
1.1. Ámbito funcional
1.2. Ámbito temporal
2. Condiciones económicas
2.1. Tablas provisionales año 2025
2.2. Prendas de trabajo
2.3. Trabajo en cámaras
2.4. Horas extraordinarias
2.5. Plus de nocturnidad
2.6. Gratificaciones extraordinarias
2.7. Antigüedad
2.8. Prima por domingos o festivos trabajados
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Revisión salarial provisional 2026 (BOE, 22-04-2026)
3.2. Incremento salarial
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada de trabajo
4.2. Trabajo en domingo
4.3. Vacaciones
4.4. Jubilaciones anticipadas
4.5. Jubilaciones parciales con contrato de relevo
4.6. Pausa bocadillo
5. Permisos y excedencias
5.2. Excedencia por cuidado de hijo
5.3. Excedencias
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
6.1. Dietas de comida y alojamiento
6.2. Quebranto de moneda
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contratos formativos
7.2. Contratos de duración determinada
7.3. Contrato a tiempo parcial
7.4. Contrato para trabajos fijos discontinuos
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Seguro colectivo de accidentes
11.2. Enfermedad común
11.3. Enfermedad profesional o accidente laboral
11.4. Garantía de asistencia
11.5. Ayuda a la discapacidad
1. Entrada en vigor y duración
Comprende este convenio a todas las empresas y centros de trabajo que en la actualidad o en el futuro realicen alguna de las actividades industriales siguientes:
- Quesos, natas, mantequilla, caseína, lactosa y sueros.
- Leches condensadas, evaporadas y en polvo.
- Leches higienizadas envasadas, pasterizadas, esterilizadas, concentradas, yogur y otras leches fermentadas.
- Laboratorios interprofesionales lecheros.
- Elaboración de postres lácteos frescos.
Asimismo, estarán comprendidas dentro del ámbito del presente convenio las instalaciones auxiliares de las empresas antes mencionadas destinadas a la confección de envases adecuados para los productos citados anteriormente.
Los efectos del presente convenio regirán durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2028, y entrará en vigor en la fecha de su firma con independencia de su publicación en el BOE, con las excepciones que se contemplan expresamente.
2.1. Tablas provisionales año 2025
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