Convenio colectivo de trabajo para el sector de la arqueología y la paleontología de Catalunya. Resumen
Vigor del 18-07-2007 al 31-12-2009
Código de Conv. Núm. 7902595; 79002595012007
(BOE, 02-01-2008)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Ámbito temporal
2. Condiciones económicas
2.1. Tablas salariales 2007, 2008 y 2009
2.2. Pagas extraordinarias
2.3. Horas extraordinarias
2.4. Vestuario y material
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Revisión salarial 2026-2029 (DOGC, 20-07-2026)
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada de trabajo
4.2. Vacaciones
4.3. Descanso semanal
4.4. Jubilación
5. Permisos y excedencias
5.1. Excedencias, embarazo y permisos
5.2. Excedencia voluntaria
5.3. Excedencia forzosa
5.4. Permisos no retribuidos
6.1. Dietas
6.2. Desplazamientos
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contrato para el fomento de la contratación indefinida
7.2. Contrato fijo discontinuo
7.3. Contrato de interinaje
7.4. Contrato eventual
7.5. Contrato de obra o servicio
7.6. Contrato en prácticas
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
9.3. Prescripción
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Seguro de responsabilidad civil
1. Entrada en vigor y duración
El presente convenio regula las relaciones laborales en las empresas y/o entidades privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, que tengan y desarrollen la actividad de prestación de servicios relacionados con intervenciones arqueológicas y la difusión del patrimonio arqueológico, ya sea por sí mismas o bien para otras empresas u organismos públicos y privados.
Se entiende por intervenciones arqueológicas a los efectos previstos en este artículo, los estudios, las prospecciones, los sondeos, las excavaciones, los controles, y cualquier otra intervención, con remoción de terrenos o sin, que tenga por finalidad descubrir, documentar o investigar restos arqueológicos.
Por otra parte a los efectos del previsto en este artículo, se entiende por difusión del patrimonio arqueológico la presentación de los resultados de las intervenciones, estudios e investigaciones sobre patrimonio histórico en cualquier tipo de medio y soporte con la finalidad de darlos a conocer a la sociedad.
La relación efectuada no se entiende cerrada, por lo cual se considera incluida cualquier otra actividad que exista o de nueva creación, siempre que su función pueda ser encuadrada en la relación anterior.
El presente convenio entra en vigor a partir del día de su firma y con independencia de cuando se presente al Departamento de Trabajo de la Generalidad de Cataluña y se publique en el DOGC Los aspectos económicos entran en vigor a partir del 1 de julio de 2007.
El periodo de vigencia de este convenio es hasta el 31 de diciembre de 2009, fecha en la cual, si no ha sido denunciado, se entenderá que se va prorrogando año por año, y, si ha sido objeto de denuncia de cualquiera de las partes con un mes de antelación al vencimiento, se iniciarán las negociaciones del siguiente.
Los artículos normativos del convenio continuarán vigentes desde la denuncia del presente hasta la firma del próximo.
Las partes firmantes del convenio se reservan la facultad de convocar la Mesa de negociación antes del periodo que es indicado si consideran que la previsible reestructuración del sector, o cualquier otro acuerdo o normativa con la Administración competente, pueden afectar aspectos laborales de todas las categorías o de algunas.
En todo caso, sin embargo, las tablas salariales pactadas se tienen que aplicar a partir del 1 de julio de 2007 y a partir del 1 de enero de 2008 y del 1 de enero de 2009, respectivamente.
Acuerdo parcial del Convenio colectivo de trabajo para el sector de la arqueología y la paleontología de Cataluña (DOGC, 20-07-2026)
El presente Acuerdo parcial entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, y sus efectos económicos, a partir del 1 de enero de 2026.
El presente Acuerdo tendrá una duración de cuatro años, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2029.
2.1. Tablas salariales 2007, 2008 y 2009
Salario Convenio hora bruto personal arqueología (incluye retribución correspondiente a pagas extraordinarias .artículo 28 Convenio colectivo -)
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