V Convenio colectivo interprovincial de trabajo para oficinas de farmacia de las provincias de Girona, Lleida y Tarragona. Resumen

Vigor 2023-2025

Código de Conv. Núm. 79100075012013

(DOGC, 06-10-2023)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

El presente Convenio regula las relaciones y condiciones de trabajo de todo el personal que trabaja por cuenta ajena en la actividad propia de las oficinas de farmacia de las provincias de Girona, Tarragona y Lleida, de acuerdo con lo que establece el artículo 1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.

Este Convenio extenderá su ámbito de aplicación en Cataluña a los territorios de las provincias de Girona, Lleida y Tarragona.

1.2. Ámbito temporal

El presente Convenio tiene una duración de tres años, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, excepto en los puntos y/o materias para los cuales, expresamente, las partes determinen otra vigencia o duración concretas.

Este Convenio se entenderá automáticamente prorrogado por periodos sucesivos de 1 año si en la fecha de su finalización, el 31 de diciembre de 2025, o de cualquiera de sus prórrogas, no se ha solicitado la rescisión o revisión en forma legal. En el caso de denuncia del Convenio por cualquiera parte legitimada, ésta tiene que hacerse por escrito, con notificación fehaciente a las otras partes firmantes, con al menos 2 meses de antelación a la fecha de expiración de su vigencia inicial o de la de cualquiera de sus prórrogas; denuncia que tendrá que ser registrada ante la autoridad laboral competente.

Sin perjuicio de lo que dispone el artículo 86.4 E.T una vez denunciado, el presente Convenio mantendrá su vigencia mientras no se firme un nuevo Convenio que lo sustituya. En el caso de no haber llegado a un acuerdo de Convenio después de un año desde la denuncia, las partes se comprometen a un proceso de mediación ante la autoridad laboral y, en caso de desacuerdo, a los procedimientos resolución extrajudicial de conflictos ante el TLC Catalunya –u organismo que lo sustituya en sus funciones- a que hace referencia el Acuerdo Interprofesional de Catalunya vigente en cada momento.

2. Condiciones económicas

2.1. Cuantías retributivas

Retribuciones/Tabla salarial para el año 2023. Para el periodo desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023:

Incremento del 4% sobre SB de tabla vigente a 31/12/2022 y con efectos de 1 de enero de 2023 de conformidad a la mesa salarial que consta como Anexo I.

Retribuciones/SB-Tabla salarial para el año 2024

Para el periodo desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.

Incremento del 3% sobre SB de Mesa vigente a 31/12/2023 y con efectos de 1 de enero de 2024

Retribuciones/SB-Tabla salarial para el año 2025

Para el periodo desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025:

Incremento del 3% sobre SB de tabla vigente a 31/12/2024 y con efectos de 1 de enero de 2025

2.2. Tablas salariales 2023

De 1 de enero a 31 de diciembre

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