VI Convenio Colectivo general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes. Resumen

Vigor 2014-2017

Código de Conv. Núm. 99011445011900

(BOE, 17-05-2017)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

El presente Convenio General es de obligada observancia para todos los trabajadores y las empresas del sector, cuya actividad principal consista en la explotación de garajes y aparcamientos de vehículos automóviles, bien de concesión, bien mediante cesión por cualquier título lícito, bien de propiedad.

1.2. Ámbito temporal

El presente Convenio extenderá su vigencia desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre del año 2017.

Su entrada en vigor se producirá al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, lo anterior, los salarios de garantía establecidos en el presente convenio se abonarán con carácter retroactivo desde el 1.º de enero del año 2014.

Igualmente, la totalidad de los atrasos económicos que pudieran devengarse por la aplicación del presente convenio, serán abonados por las empresas en la nómina de los afectados, correspondiente al mes siguiente de la publicación del éste en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Condiciones económicas

2.1. Salarios mínimos de garantía

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores, para los ámbitos territoriales en los que no exista Convenio Colectivo o éste hubiera quedado sin vigencia, se establece la obligación para las empresas de abonar como mínimo a los trabajadores a jornada completa y no sometidos a contratos formativos, el salario mínimo de garantía que para cada grupo y nivel se establece en las tablas de este convenio.

Igualmente, se acuerda incrementar dichas tablas salariales con respecto al año anterior, en las cuantías que a continuación se establecen:

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