Convenio colectivo de trabajo para las industrias de obtención de fibras de algodón y aprovechamientos de subproducto. Resumen

Vigor del 01-07-2021 al 31-12-2023

Código de Conv. Núm. 99004975011981

(BOE, 16-12-2021)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

Este anexo obliga a todas las empresas comprendidas dentro del ámbito de aplicación que regula el artículo 2 de la parte general, que se dediquen a la obtención de fibras de algodón y aprovechamiento de subproductos, o a esta actividad conjuntamente con otras; en base a la siguiente definición del sector:

La Industria de obtención de Fibras de algodón y Aprovechamiento de Subproductos, comprende todo el proceso encaminado a la producción de la fibra de algodón, desde la fase de distribución de simiente a los cultivadores, divulgación, asesoramiento, inspección y control de los métodos de cultivo, y recepción del algodón bruto, hasta la transformación industrial de este, consistente en la separación de la fibra de la semilla y en la obtención de subproductos a partir de esta última.

Se aplicarán también a las empresas o secciones de ellas comprendidas en el ámbito del Convenio que incluyan, dentro de su ciclo de fabricación, la industrialización de la semilla de algodón bien se trate de extracción o de la obtención de otros productos derivados de la semilla.

1.2. Ámbito temporal

El Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma, es decir, el 1 de julio de 2021 y mantendrá su vigencia hasta 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo establecido para determinadas materias.

1.3. Derecho supletorio

Para cuanto no esté previsto en este Convenio es de aplicación la normativa legal vigente en cada momento, de acuerdo en todo caso, a lo dispuesto en el artículo tercero del Estatuto de los Trabajadores.

2. Condiciones económicas

2.1. Tablas salariales 2021

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