Convenio colectivo de trabajo de la industria textil de fibras diversas. Texto

Vigor del 01-07-2021 al 31-12-2023

Código de Conv. Núm. 99004975011981

(BOE, 16-12-2021)

Capítulo I
Disposiciones generales

Artículo 1 Ámbito funcional

Obliga a todas las empresas dedicadas a las siguientes actividades, industriales de hilaturas, torcidos, «trenzados», tejido y cordelería de lino, yute, sisal, abacá, cáñamo, espato, coco y sucedáneos, incluye la fabricación de felpudos y esteras en las que se utilicen mayormente alguna o algunas de las fibras citadas, así como el sector de poliolefinas y demás fibras sintéticas.

Capítulo II
Condiciones de trabajo

Artículo 2 Condiciones especiales

El horario de verano del personal administrativo, la indemnización por fallecimiento del trabajador/a y la ayuda por estudio de hijos o hijas del trabajador/a, se mantendrán en las condiciones y términos pactados en el convenio colectivo, en cada caso vigente con anterioridad al presente, siempre que resulten más beneficiosos para el trabajador/a.

Capítulo III
Condiciones económicas

Artículo 3

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