Convenio colectivo de Catalunya de cueros, repujados, marroquinería y similares. Resumen
Vigor 2021-2022
Código de Conv. Núm. 79000115011994
(DOGC, 09-03-2022)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Vigencia
1.3. Derecho supletorio
2. Condiciones económicas
2.1. Salarios 2021-2022 e incrementos anuales
2.2. Tablas salariales 2022
2.3. Horas extraordinarias
2.4. Antigüedad
2.5. Beneficios
2.6. Pagas extraordinarias
2.7. Prendas de trabajo
2.8. Externalización premio de jubilación
2.9. Regulación de trabajos tóxicos
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Revisión salarial
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada laboral
4.2. Régimen de descansos
4.3. Calendario laboral
4.4. Flexibilidad
4.5. Vacaciones
4.6. Jubilación
4.7. Trabajo a distancia y desconexión digital
5. Permisos y excedencias
5.1. Reducciones de jornada
5.2. Permisos y licencias retribuidas
5.3. Licencias para estudios y licencias sin sueldo
5.4. Excedencias
5.5. Suspensión del contrato por cuidado del menor, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo, y riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses
5.7. Suspensión del contrato a causa de dificultades de inserción social y familiar del menor adoptado o acogido
5.8. Reducción de jornada por guarda legal o cuidado de familiares
5.9. Licencia a cargos sindicales
5.10. Permiso por cargo sindical
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contrato para la formación y aprendizaje
7.2. Contrato en prácticas
7.3. Contrato a tiempo parcial
7.4. Contrato de relevo y jubilación parcial
7.5. Contrato por circunstancias de la producción
7.6. Régimen común de los contratos de duración determinada
7.7. Empresas de Trabajo Temporal
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
9.3. Prescripciones
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Accidente de trabajo
11.2. Ayuda escolar
11.3. Póliza de seguros
11.4. Reconocimientos médicos
1. Entrada en vigor y duración
El Convenio obliga a todas las empresas de cueros, repujados, marroquinería, estuchería, cinturones, ligas y tirantes, correas de reloj, guarnicionería, talabardería, artículos de deportes, artículos de viaje y botonería.
El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2021, a todos sus efectos. Su duración será hasta el 31 de diciembre de 2022.
Este Convenio podrá ser prorrogado de año en año por tácita reconducción, si no mediase denuncia del mismo.
En todo lo no previsto en el presente Convenio regirán las normas para las Industrias de la piel, Estatuto de los trabajadores y demás disposiciones de obligado cumplimiento.
2.1. Salarios 2021-2022 e incrementos anuales
Los incrementos anuales de las tablas de salarios para el año 2021, con vigencia desde el día 1 de enero, serán las que regían en 2020 aumentadas con el -1%.
Para el año 2022, las tablas salariales con efectos uno de enero serán las que resulten de incrementar en un -0,2 por 100 las tablas del IPC real del año 2021 con un tope del -2,5%
Las empresas negociarán con los representantes legales de los trabajadores el pago de los atrasos, de manera fraccionada y mensual, estableciendo como plazo máximo de dos meses desde la firma del convenio.
No se aplicará cláusula de revisión salarial.
Cláusula de actualización salarial
Para cada uno de los años de vigencia del convenio, se aplicará la misma cláusula de actualización salarial.
Una vez conocido el IPC real se reunirá la Comisión paritaria para fijar las nuevas tablas y cuantificar las cantidades retroactivas que a cada categoría le corresponda, fijándose un plazo máximo (30 de marzo) de cada año, para el pago de los atrasos correspondientes.
Tablas salariales para el año 2022 con incremento del 2,5% aplicado al Convenio colectivo de trabajo de marroquinería, cueros, repujados y similares de Catalunya
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