Convenio colectivo de Catalunya de cueros, repujados, marroquinería y similares. Resumen

Vigor 2021-2022

Código de Conv. Núm. 79000115011994

(DOGC, 09-03-2022)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

El Convenio obliga a todas las empresas de cueros, repujados, marroquinería, estuchería, cinturones, ligas y tirantes, correas de reloj, guarnicionería, talabardería, artículos de deportes, artículos de viaje y botonería.

1.2. Vigencia

El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2021, a todos sus efectos. Su duración será hasta el 31 de diciembre de 2022.

Este Convenio podrá ser prorrogado de año en año por tácita reconducción, si no mediase denuncia del mismo.

1.3. Derecho supletorio

En todo lo no previsto en el presente Convenio regirán las normas para las Industrias de la piel, Estatuto de los trabajadores y demás disposiciones de obligado cumplimiento.

2. Condiciones económicas

2.1. Salarios 2021-2022 e incrementos anuales

Los incrementos anuales de las tablas de salarios para el año 2021, con vigencia desde el día 1 de enero, serán las que regían en 2020 aumentadas con el -1%.

Para el año 2022, las tablas salariales con efectos uno de enero serán las que resulten de incrementar en un -0,2 por 100 las tablas del IPC real del año 2021 con un tope del -2,5%

Las empresas negociarán con los representantes legales de los trabajadores el pago de los atrasos, de manera fraccionada y mensual, estableciendo como plazo máximo de dos meses desde la firma del convenio.

No se aplicará cláusula de revisión salarial.

Cláusula de actualización salarial

Para cada uno de los años de vigencia del convenio, se aplicará la misma cláusula de actualización salarial.

Una vez conocido el IPC real se reunirá la Comisión paritaria para fijar las nuevas tablas y cuantificar las cantidades retroactivas que a cada categoría le corresponda, fijándose un plazo máximo (30 de marzo) de cada año, para el pago de los atrasos correspondientes.

2.2. Tablas salariales 2022

Tablas salariales para el año 2022 con incremento del 2,5% aplicado al Convenio colectivo de trabajo de marroquinería, cueros, repujados y similares de Catalunya

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